AFIP
Los monotributistas de las categorías B y A deberán emitir facturas electrónicas a partir de marzo y abril
La obligación de emitir factura electrónica ya estaba vigente para los monotributistas inscriptos en las categorías más altas, C, D, E, F, H, I, J y K, que se fueron sumando en forma escalonada desde octubre del año pasadoSegún el cronograma dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), los monotributistas que pertenecen a la categoría B deberán comenzar a emitir facturas electrónicas en forma obligatoria a partir del próximo mes de marzo. Y los contribuyentes de la categoría A tendrán que hacer lo mismo a partir de abril de este año.
La obligación de emitir factura electrónica ya estaba vigente para los monotributistas inscriptos en las categorías más altas, C, D, E, F, H, I, J y K, que se fueron sumando en forma escalonada desde octubre del año pasado.
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La factura electrónica es un documento comercial en formato digital que reemplaza a la factura en papel. Para emitir factura electrónica, el contribuyente debe tener la clave fiscal habilitada con nivel de seguridad 2 o superior y contar con los servicios Comprobantes en línea y Administración de puntos de ventas y domicilios incorporados a esa clave.
El sistema de la AFIP permite emitir las facturas desde una PC y también desde una aplicación para celulares (con sistema operativo Android). En la opción de "Comprobantes en línea" se debe habilitar el punto de venta desde donde se va a emitir comprobantes electrónicos y el tipo de comprobante que vas a usar.
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Para emitir una factura, dentro de esa opción, hay que elegir "Generar Comprobantes" y completar los datos de emisión (como fecha y conceptos), del receptor de la factura electrónica y de las condiciones de venta (contado, tarjeta de crédito, tarjeta de débito o cheque). El sistema permite visualizar y posteriormente imprimir la factura por triplicado.
Fuente: infobae.com